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Presidente Mulino no obligará a renunciar a jubilados que ocupan puestos en su gobierno

El presidente hizo énfasis en que la Corte Suprema ha regulado este tema, asegurando que los jubilados tienen el derecho de seguir trabajando si así lo desean.

Jovanna Peralta
Por Jovanna Peralta

El presidente de la República de Panamá, José Raúl Mulino, expresó este jueves 17 de octubre, durante una conferencia de prensa, que no es posible restringir el derecho al trabajo de los jubilados que continúan laborando en el gobierno, argumentando que "es un derecho constitucional", respaldado por un fallo de la Corte Suprema de Justicia.

Mulino explicó que, de acuerdo con la Ley Faundes, ninguna institución estatal puede exigir la renuncia de servidores públicos como condición para acogerse a la jubilación o después de obtener ese beneficio. Esta ley garantiza que el derecho al trabajo es inherente a la persona, sin importar si está jubilada o no.

Regulación por la Corte Suprema

El presidente hizo énfasis en que la Corte Suprema ha regulado este tema, asegurando que los jubilados tienen el derecho de seguir trabajando si así lo desean. Al respecto, comentó: "No puedo destituir a las personas solo porque estén jubiladas, es un derecho que no puedo prohibir". Además, reconoció que la permanencia de jubilados en puestos de trabajo puede generar debate en torno al aumento de la planilla estatal, pero subrayó que este derecho está protegido constitucionalmente.

Impacto de la Ley Faundes

La Ley Faundes, mencionada por el mandatario, establece que las instituciones públicas no pueden exigir a los servidores su renuncia para acceder a la jubilación ni tampoco obligarlos a dejar el trabajo una vez jubilados. Mulino destacó que "la ley es clara en proteger el derecho de los jubilados a seguir trabajando, y no está en mis facultades limitarlo".

Este tema sigue generando controversia, sobre todo en el contexto de los miles de profesionales que esperan una oportunidad laboral en el gobierno. Sin embargo, el presidente reiteró su respeto a las decisiones judiciales y al derecho constitucional de los trabajadores, incluidos los jubilados.