Según lo establecido en el Programa de Bono Permanente para Jubilados y Pensionados, este grupo recibirá tres desembolsos anuales: B/. 50.00 en abril, B/. 50.00 en agosto, B/. 40.00 en diciembre. El artículo 5 de la Ley 438 indica que estos pagos se harán efectivos a partir del año fiscal 2025.
¿Quiénes recibirán este bono permanente?
Este beneficio está dirigido a jubilados y pensionados del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte, así como a los del Riesgos Profesionales de la Caja de Seguro Social (CSS).
El pago del bono estará a cargo del Tesoro Nacional, y su financiamiento provendrá del 30.77% del Impuesto Selectivo al Consumo de bebidas alcohólicas, según lo dispuesto en el artículo 7-A de la Ley 45 de 1945.
Posibilidad de aumento
La ley también establece que los montos serán revisados cada dos años y podrán incrementarse, pero no disminuirse. Además, su reglamentación deberá completarse en un plazo de 30 días hábiles tras su promulgación.
Avance legislativo
El Proyecto de Ley 964, que crea este programa de beneficios, avanzó a tercer debate con el respaldo de 40 diputados. Se espera que en la próxima sesión legislativa sea aprobado definitivamente y enviado al Ejecutivo para su sanción.
Las organizaciones de jubilados han calificado este avance como un paso significativo en su lucha por mejores condiciones socioeconómicas. Para más detalles, se recomienda consultar la Gaceta Oficial sobre la Ley 438.