La Autoridad Nacional de Aduanas ha comunicado a todos sus usuarios en general que a partir del 15 de julio de 2024, entra en vigencia la Resolución No. 015 de 11 de julio de 2024, por medio de la cual se impone una salvaguardia agrícola bajo el Tratado de Promoción Comercial vigente entre Panamá y Los Estados Unidos de América sobre determinadas fracciones de Leche Fluida.
- 17% arancel preferencial
- 21% Derecho adicional por salvaguardia
- 39% arancel aplicable
0401.20.00.00.00
Leche fluida con código 0401.20.00.00.00 y contenido de grasa superior al 1% pero inferior o igual al 6% en peso:
- 17% arancel preferencial
- 21% derecho adicional por salvaguardia
- 39% arancel aplicable
Leche fluida deslactosada con código 0404.90.92.00.00 en envases asépticos para larga duración, sin refrigeración:
- 17% arancel preferencial
- 21% derecho adicional por salvaguardia
- 39% arancel aplicable
0401.40.10.00.00
Leche fluida con código 0401.40.10.00.00 y contenido de grasa superior al 6% pero inferior o igual al 10% en peso:
- 6% arancel preferencial
- 7% derecho adicional por salvaguardia
- 13% arancel aplicable
Nata (crema) con código 0401.40.20.00.00 y un contenido de materia grasa superior al 6% pero inferior o igual al 10% en peso:
- 9% arancel preferencial
- 11% derecho adicional por salvaguardia
- 19% arancel aplicable
Leche fluida con código 0401.50.10.00.00 un contenido de grasa superior al 10% en peso:
- 6% arancel preferencial
- 7% derecho adicional por salvaguardia
- 13% arancel aplicable
Nata (crema) con código 0401.50.20.00.00 y un contenido de grasa superior al 10% en peso.
- 9% arancel preferencial
- 11% derecho adicional por salvaguardia
- 19% arancel aplicable