El Programa de Bono Permanente para Jubilados y Pensionados, establecido en la Ley 438, contempla tres pagos anuales a partir del año fiscal 2025:
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¿Quiénes recibirán este bono permanente?
- Jubilados y pensionados del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte
- Pensionados por Riesgos Profesionales de la Caja de Seguro Social (CSS)
Financiamiento y posibles aumentos
El pago estará a cargo del Tesoro Nacional y será financiado con el 30.77% del Impuesto Selectivo al Consumo de bebidas alcohólicas, según el artículo 7-A de la Ley 45 de 1945. Cada dos años se evaluará un posible incremento del bono, sin posibilidad de reducción.
La reglamentación deberá completarse en un plazo de 30 días hábiles tras su promulgación. Las organizaciones de jubilados consideran este bono un logro significativo en su lucha por mejorar las condiciones económicas de este sector. Para más detalles, se recomienda consultar la Gaceta Oficial.