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Bono permanente a jubilados y pensionados: ¿Quiénes recibirán el pago?

De acuerdo con el artículo 3 de la ley 438, los jubilados y pensionados recibirán anualmente tres bonificaciones del bono permanente.

Yulilka Godoy
Por Yulilka Godoy

La Ley 438 del 14 de junio de 2024 introduce un bono permanente dirigido a los jubilados y pensionados. Esta iniciativa está enfocada en beneficiar a quienes forman parte del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) y de Riesgos Profesionales administrados por la Caja de Seguro Social (CSS).

¿Cómo recibirán los pagos los jubilados y pensionados?

De acuerdo con el artículo 3 de la ley, los jubilados y pensionados recibirán anualmente tres bonificaciones: dos pagos de B/. 50.00 en abril y agosto, y un tercer pago de B/. 40.00 en diciembre, sumando un total de B/. 140.00 por año. Este beneficio busca proporcionar un alivio económico adicional a quienes reciben pensiones más bajas.

El financiamiento del Programa de Beneficios Permanentes estará cubierto por el Tesoro Nacional, y los fondos necesarios se asignarán anualmente en el Presupuesto General del Estado. Los recursos provendrán del 30.77% del impuesto selectivo al consumo de bebidas alcohólicas, como lo indica el artículo 7-A de la Ley 45 de 1995.

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Bono permanente a jubilados y pensionados: ¿Cómo recibirán los pagos?

Bono permanente a jubilados y pensionados: ¿Cómo recibirán los pagos?

Inicio de los pagos en 2025

Según el artículo 5 de la Ley 438, los primeros desembolsos del bono se harán efectivos a partir del año fiscal 2025, el cual será el primer año en que los jubilados y pensionados comenzarán a recibir esta ayuda económica.

Este bono representa un avance significativo en la búsqueda de mejorar la calidad de vida de los jubilados y pensionados de Panamá, ofreciéndoles un soporte económico adicional.

Para más detalles, consulta la Gaceta Oficial sobre la Ley 438.