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Bono permanente a Jubilados y Pensionados: ¿Cuándo debería ser pagado?

La Ley 438, promulgada el 14 de junio de 2024, establece que a partir del año fiscal 2025, los jubilados y pensionados comenzarán a recibir un bono permanente.

Emiliana Tuñón
Por Emiliana Tuñón

Según lo establecido en la Ley 438, promulgada el 14 de junio de 2024, a partir del año fiscal 2025, los jubilados y pensionados comenzarán a recibir un bono permanente de la Caja del Seguro Social (CSS).

Este beneficio estará dirigido exclusivamente a quienes estén registrados en las planillas de la CSS al momento de la entrada en vigencia de la ley. Su financiamiento provendrá del Tesoro Nacional, con fondos recaudados a través del impuesto selectivo al consumo de bebidas alcohólicas.

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Distribución del bono permanentes de jubilados y pensionados según la Ley 438

La Ley 438 establece que los beneficiarios del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte, así como del Régimen de Riesgos Profesionales, recibirán un bono permanente distribuido en tres pagos anuales, sumando un total de B/.140.00 de la siguiente manera:

  • B/.50.00 en abril
  • B/.50.00 en agosto
  • B/.40.00 en diciembre

Este bono representa un avance significativo en la búsqueda de mejorar la calidad de vida de los jubilados y pensionados de Panamá, ofreciéndoles un soporte económico adicional. Para más detalles, consulta la Gaceta Oficial sobre la Ley 438.